El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó la medida cautelar que presentó el abogado y precandidato a diputado nacional de Encuentro Vecinal Córdoba, Aurelio García Elorrio, para suspender la aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE, ley 27.610) en la provincia.
El Alto Cuerpo concluyó que «no se puede suspender la vigencia de una ley con alcances generales sin lesionar el principio de división de poderes, salvo que se advirtiera una ostensible inconstitucionalidad o vulneración evidente de derechos fundamentales». De este modo, confirmó las resoluciones de la Cámara Contencioso Administrativo de la Primera Nominación, que se había expedido en el mismo sentido. El TSJ partió de «la presunción de legitimidad constitucional de la que gozan los actos estatales».
También, de que el Alto Cuerpo provincial, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en numerosos precedentes, «ha advertido sobre el peligro que para el principio de división de poderes -rasgo característico, fundamental y distintivo de nuestro sistema republicano de gobierno- representa un pedido de tal magnitud», según se detalló oficialmente.
El #TSJ rechazó medida cautelar para suspender ley de interrupción voluntaria del embarazo #IVE en Córdoba. No hizo lugar a los recursos de apelación promovidos por el abogado García Elorrio. Y consideró improcedente la recusación del fiscal General. https://t.co/KKAzjC0EBE pic.twitter.com/0IexB2gJW8
— Justicia Córdoba (@JusticiaCba_ARG) August 26, 2021





































































