En el marco del Día del Empleado de Comercio, establecido por la ley N° 26.541 a los fines de otorgar el descanso a los trabajadores, la Cámara de Comercio de Córdoba informó que el lunes 26 de septiembre los comerciantes tendrán la facultad de abrir sus locales o mantenerlos cerrados.
En el primero de los casos, la actividad no se verá afectada cuando sean atendidos por sus dueños/as o empleados/as que decidan trabajar durante esa jornada.
Los trabajadores tienen la opción de prestar o no servicios laborales el 26 de septiembre del corriente, con los efectos y alcances de la mencionada ley que asimila este día con los feriados nacionales. En el caso de presentarse a trabajar, deberán percibir el pago de un recargo que equivaldría al 100% del salario normal.
Asimismo, ese día no podrá otorgarse como franco compensatorio del descanso semanal, puntualizaron.



































































