Se trata del secretario N° 6 del Juzgado Penal Juvenil de 6ª Nominación de Córdoba, Mariano Hernán Cipolla Sánchez, quien estaba acusado de filmar a las mujeres debajo de sus polleras.
El Juzgado de Control de 4° Nominación a cargo de la jueza Anahí Hampartzounián, impuso una pena de cinco días de trabajos comunitarios al funcionario por haber sido responsable de la contravención prevista en el artículo 52 del Código de Convivencia Ciudadana que reprime los actos contrarios a la decencia pública.
La magistrada dispuso, además, que Cipolla Sánchez realice un tratamiento durante cuatro meses y ordenó el decomiso del teléfono móvil con el que filmó a distintas mujeres que caminaban por el Centro de la ciudad de Córdoba.
Entre otros aspectos, la sentencia señala que la práctica conocida como «upskirting” representa una «repudiable invasión a la intimidad, que degrada y denigra a las víctimas».
Asimismo, destaca que países como Inglaterra y Gales, recientemente, legislaron de manera autónoma la conducta, elevándola a la categoría de delito contra la integridad sexual y estableciendo penas de prisión para los responsables.
En este fallo, la magistrada sostuvo que las acciones cometidas por Cipolla Sánchez “resultan claramente indecentes y atentatorias al debido respeto que debe imperar en las relaciones sociales, todo ello reparando –además- en la connotación sexual que, de modo evidente, emerge de los registros fílmicos captados y que revela, también de modo inconcuso, el propósito que inspiró la conducta, vale decir la intención con la que se realizaron los ademanes y el mensaje indecente que éstos transmitieron”.




































































