El Gobierno nacional modificó la Ley de Lealtad Comercial y endureció las sanciones a las empresas por incumplimientos, con multas por hasta $ 200 millones.
Así lo establece el decreto 274/2019, publicado hoy en el Boletín Oficial, según el cual el Gobierno “tiene entre sus objetivos principales mejorar las condiciones de competitividad de la economía, así como también simplificar y dinamizar el comercio”.
El texto consta de 77 artículos, agrupados en ocho títulos. De acuerdo con el decreto, constituye un acto de competencia desleal «toda acción u omisión que, por medios indebidos, resulte objetivamente apta para afectar la posición competitiva de una persona o el adecuado funcionamiento del proceso competitivo».
Y prohíbe los actos de competencia desleal, «cualquiera sea la forma que adopten, el medio a través del cual se realicen y el mercado en el que tengan lugar».
«No será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial», agrega el texto.
“La medida propiciada se enmarca en razones de estricto interés público, impulsando la creación de una herramienta institucional y moderna, a través de la cual el Gobierno nacional posibilite, mediante la prohibición y sanción de actos y prácticas desleales, el desarrollo de un comercio justo y competitivo”, precisó la normativa.
Con respecto a las sanciones, la normativa contempla una multa económica de hasta 10 millones de unidades móviles, que actualmente representan $ 200 millones de pesos, y cuyo valor se actualiza por el Indice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).




































































