El Ministerio de Economía reglamentó la etapa operativa del cierre del Procrear. El Banco Hipotecario continuará con la gestión de préstamos
A través de la Resolución 764/2025, el Gobierno avanza en la eliminación del Fondo Fiduciario Procrear. A más de seis meses de su disolución formal, el Ministerio de Economía reglamentó la etapa operativa del cierre del Fondo Fiduciario Público Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar). Fue creado en 2012, durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner.
La resolución fue publicada este lunes en el Boletín Oficial. Instruye a diversas áreas de gobierno a ejecutar las disposiciones del Decreto 1018/2024, que, en noviembre, puso fin a la figura jurídica del fideicomiso.
En aquel momento, el programa se implementó como una política de estímulo al crédito hipotecario y acceso a la vivienda. Se financió principalmente con fondos de la ANSES mediante el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Funcionaba en base a un fideicomiso que administraba el Banco Hipotecario S.A., que también gestionaba los créditos y las tierras fiscales urbanizadas por el Estado.
Puntos clave de la disolución del Fondo Fiduciario Procrear
La norma, que lleva la firma del ministro Luis Caputo, encomienda a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía la adopción de medidas para administrar y disponer los bienes del fideicomiso disuelto. Esto incluye la regularización dominial y las transferencias a las provincias, municipios, organismos estatales e institutos de vivienda.
Asimismo, se aprueba el modelo de Contrato de Mandato para la Gestión de Créditos Individuales, que el Ministerio de Economía firmará con el Banco Hipotecario. A través de este instrumento, la entidad continuará gestionando los préstamos otorgados, bajo las condiciones de retribución originales establecidas en el contrato fiduciario del 18 de julio de 2012.
En relación con los inmuebles que formaban parte del fideicomiso, la resolución establece que aquellos que no hayan estado afectados a contratos de obra vigentes durante la existencia del programa deberán ser transferidos a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), mediante convenios con el Banco Hipotecario y la Secretaría de Obras Públicas.
Por otro lado, se autoriza a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial a instruir al Banco Hipotecario para que transfiera los fondos recaudados por la cobranza de créditos a la cuenta N° 2510/46 «Recaudación TGN» del Tesoro Nacional, una vez deducidos los honorarios y gastos operativos. También se contempla la venta de carteras de créditos con bajo rendimiento de cobranzas, inferior al 40%.
Por último, se designa a la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía como responsable de las causas judiciales en las que el extinto fideicomiso esté involucrado, en representación del Estado Nacional.






































































