La Justicia Electoral dispuso, como todos los años cuando se llevan adelante elecciones, una veda que afecta distintas actividades en Córdoba.
Una de las prohibiciones más destacadas es la venta de alcohol desde las 20 del sábado, siendo que aquellos que incumplan esta norma pueden enfrentar penas de prisión de 15 días a seis meses.
Además, durante la veda electoral no se podrán difundir datos de boca de urna, y quedan prohibidas:
– Reuniones de electores y depósito de armas en casas ubicadas en un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
– Apertura de locales partidarios dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
– Ofrecimiento o entrega de boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
– Publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
– Expendio de cualquier tipo de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado.
– Realización de espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no esté relacionada con el acto electoral.
– Portación de armas, uso de banderas, divisas u otros distintivos, así como la realización de actos públicos de proselitismo.



































































