La Cámara Federal de Posadas ordenó suspender la aplicación de una normativa que habilitaba microeventos dentro del Parque Nacional Iguazú. La medida se dictó tras una apelación ambientalista y regirá hasta que haya una sentencia definitiva
La Cámara Federal de Posadas revocó el rechazo dictado en primera instancia y ordenó suspender la aplicación de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), normativa que habilitaba la realización de eventos reducidos y privados dentro del Parque Nacional Iguazú.
La decisión representa un fuerte revés para la política de flexibilización que impulsa el Gobierno nacional en áreas protegidas.
El fallo se emitió este 28 de abril por los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia Tyden, quienes hicieron lugar a la apelación presentada por la Asociación Civil Orembae y concedieron una medida cautelar de no innovar hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la causa.
La cuestionada resolución había sido aprobada en diciembre de 2025 y permitía desarrollar actividades privadas de pequeña escala en el Área Cataratas, con hasta 60 participantes. La APN sostenía que se trataba de iniciativas de «bajo impacto operativo» y carácter «experimental», sujetas a declaraciones juradas ambientales y controles administrativos simplificados.
No obstante, la organización ambientalista argumentaba que la normativa evitaba la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental y omitía mecanismos de participación ciudadana previstos en la legislación vigente y en acuerdos internacionales.
Tras conocerse la resolución judicial, Orembae emitió un comunicado celebrando la medida, donde sostiene que el pronunciamiento «constituye un hito fundamental en la defensa del patrimonio natural». Además, destacó que el tribunal corrigió el criterio adoptado anteriormente por el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, que había rechazado la cautelar al considerar que no existía un «peligro cierto e inminente».
El abogado de la asociación, Martín Ferroni, afirmó que «la Cámara ha comprendido lo que el juez de primera instancia había pasado por alto: que, en materia ambiental, la duda favorece a la naturaleza». También remarcó que «no podemos esperar a que ocurra un daño irreversible para que la justicia intervenga».






































































