La empresa funeraria Caruso y la casa de estudios deberán indemnizar con $10,3 millones a una familia a la que le entregaron un cuerpo que no correspondía al que iba a ser velado
La Justicia condenó a la Universidad Nacional de Córdoba y a la empresa funeraria Caruso a indemnizar con $10,3 millones a una familia a la que le entregaron un cuerpo equivocado.
La empresa y la casa de estudios deberán pagar ese monto por el incidente en el Hospital Nacional de Clínicas. Allí estaban los cuerpos de Esteban Mercado y Feliciano Mercado, quien iba a ser velado en realidad.
Paula Piedrabuena, abogada de la familia de Feliciano, habló este miércoles 12 de noviembre y explicó que todo se conoció cuando en el centro de salud confirmaron una inconsistencia entre los cadáveres en la morgue y los registros.
«Citaron a mis clientes para constatar si era él. Hasta el día de hoy sigue siendo una herida abierta», apuntó, en diálogo con La Voz, sobre el accionar de Caruso. «No hubo muchas explicaciones», deslizó.
«La persona de la cochería que debería estar controlando se retiró y no hizo el control correspondiente, solo revisó que era el mismo apellido», apuntó acerca de uno de los responsables de la entrega equivocada.
A quien habían velado y cremado era Esteban Mercado, fallecido el 12 de abril de 2023, semanas antes que Feliciano Mercado. Tras reconocer y retirar los restos de su familiar, tuvieron que «volver» a cremarlo y entregar las otras cenizas.
Con el patrocinio del abogado Jorge Ignacio Mosquera, la familia demandó a la UNC (como responsable legal del hospital) y a Caruso por el daño moral ocasionado por el dolor y la tristeza de tener que pasar dos ocasiones por el traumático doble velatorio y cremación de los cadáveres.
En su fallo, el juez Ochoa afirmó que si bien había discrepancias en las versiones de Caruso y la UNC, ambas obraron con «una clara falta de diligencia» en el asunto.
Tanto la UNC como Caruso generaron en definitiva a la familia un «perjuicio» por haberlos obligado a «vivir dos veces el proceso de velar y despedir a un ser querido, en un lapso de tiempo de más de 20 días, lo que indudablemente alteró su tranquilidad espiritual». Eso provocó «un daño moral de cierto grado de entidad, en relación con la situación de incertidumbre y angustia a la que fueron sometidas».
De esta forma, condenó a la UNC y a Caruso a indemnizar en forma conjunta $3,5 millones más intereses a uno de los hijos de Feliciano (contratante de los servicios a la funeraria y único damnificado directo).
La casa de altos estudios, además, deberá abonar $6,8 millones en total a otros familiares (Caruso no debió indemnizar a estos últimos porque, al ser damnificados indirectos, carecen de legitimación para reclamar).






































































