Este lunes, el Gobierno anunció que extenderá la emergencia agropecuaria en todo el país, después de la intensa sequía que afectó a gran parte de la zona núcleo que comprende parte de Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba, es decir, las zonas de la Pampa húmeda.
La medida se oficializó a través del decreto 193/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, con el que se formaliza el anuncio que en ese sentido formuló el 5 de abril el ministro de Economía, Sergio Massa.
«Se considera imprescindible actuar de forma inmediata en la asistencia de los productores afectados por los eventos climáticos extremos que soporta nuestro territorio, poniendo a su disposición todos los instrumentos y herramientas financieras, fiscales y de ayuda económica, facilitando el acceso a aquellas, y simplificando los trámites administrativos que deben realizar los interesados para hacer uso de ellas».
El decreto establece que los contribuyentes cuya actividad principal sea la agrícola-ganadera, cuyos establecimientos se encuentren en una zona de emergencia o desastre agropecuario por sequía ya declarada y las que se declaren y homologuen hasta fin de año, «obtendrán automáticamente, los beneficios dispuestos por esta medida».
La autoridad provincial correspondiente remitirá a la AFIP la información contenida en los certificados emitidos, y el organismo recaudador estará facultado a «instrumentar un mecanismo» para incluir «a aquellos sujetos que, aun contando con la correspondiente certificación provincial, no hubieren sido identificados».
Esos sujetos gozarán del beneficio de la suspensión hasta el próximo ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares.
«Por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales, de la prescripción y de la caducidad de instancia», indicó el decreto.
También serán suspendidas por el mismo plazo las ejecuciones fiscales por el cobro de impuestos adeudados iniciadas con posterioridad al 1° de febrero de 2023 inclusive, y con anterioridad al 10 de abril.