El Gobierno nacional reglamentó la Ley 27.678 de Cuidados Paliativos que tiene por objetivo asegurar el acceso de las y los pacientes con enfermedades que amenazan o limitan la vida a las prestaciones integrales que incluyen tanto medicamentos como terapias no farmacológicas disponibles en el ámbito público, privado y de la seguridad social, a la vez que establece el acompañamiento a sus familias.
La reglamentación se dispuso mediante el decreto 311/2023 publicado este jueves en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
La Ley Nacional de Cuidados Paliativos fue sancionada el 5 de julio del año pasado por el Congreso Nacional y promulgada el 21 de ese mes por el Poder Ejecutivo.
Con la reglamentación publicada este jueves se busca sistematizar las definiciones de la ley, requisitos, responsabilidades y precisiones, a los efectos de avanzar en su progresiva implementación, según se detalló.
La Ley considera a los cuidados paliativos como «un modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida», informó hoy el Ministerio de Salud a través de un comunicado.
El decreto indica que el Ministerio de Salud será la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.678 y de la reglamentación y quedará facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que sean necesarias para su efectiva implementación.
La normativa se sustenta, en primer lugar, en el respeto por la vida y bienestar de las personas, pero también en la equidad, en el acceso oportuno de las prestaciones y en el respeto a la dignidad y autonomía del paciente en relación a las decisiones sobre sus tratamientos y los cuidados que debe recibir a lo largo de su enfermedad, según se agregó en el comunicado de la cartera sanitaria.




































































