El máximo tribunal frenó de manera provisoria los efectos del DNU que derogaba la Ley de Tierras Rurales. La Justicia Federal de Bariloche deberá pronunciarse sobre la legitimación de los demandantes
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, con el que el gobierno de Javier Milei había derogado la Ley de Tierras Rurales, y restableció las restricciones para la compra de campos por parte de extranjeros. La medida regirá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine la solicitud cautelar que presentaron.
La decisión del máximo tribunal tiene las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Justicia Federal de Mendoza. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
A partir de la medida, el Juzgado Federal de Bariloche debe pronunciarse sobre la legitimación de la demanda impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Ancon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odanda.
La Corte Suprema consideró necesario adoptar una decisión provisoria para garantizar la tutela judicial efectiva y evitar posibles daños irreparables al ambiente, debido a que los tribunales inferiores no habían resuelto los planteos formulados por los demandantes.





































































