Este lunes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país la comercialización de un queso, tal como fue publicado en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la Disposición 4190/2021 publicada hoy, la marca «Lácteos Rivadavia SRL, Zona Rural Col. Mackinlay (Sgo. del Estero)», con fecha de elaboración del 01/04/2021 y cuyos números figuran el «RNE: 220004198, RNPA: 2200242533», no cumple con la normativa alimentaria vigente.
Según se explicó en el considerando, la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) llevó adelante el monitoreo y «tomó muestra oficial reglamentaria por Acta Toma de Muestra N° 012426 del producto investigado en un establecimiento de la localidad de San Guillermo».
En tanto, la ASSAL, a través del SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos), «realizó las consultas federales N° 6610 y 6611 a la Dirección General de Bromatología de la provincia de Santiago del Estero, a fin de verificar si el registro de establecimiento y de producto que se exhiben en el rotulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informó que, el RNE y el RNPA son inexistentes, e hizo saber en referencia al RNE que existe un trámite de inscripción iniciado en el 2019 y caducado en 2020 por falta de movimiento, y en lo que respecta al RNPA comunicó que desde el 2018 esa Dirección no otorga registros con 10 dígitos».
En cuanto a los resultados de la muestra, «la rotulación e informe microbiológico fue declarada ‘no conforme’ debido a un RNE y un RNPA inexistente y por no adecuarse a las especificaciones del Art. 605 del Código Alimentario Argentino (CAA) por tener un elevado recuento de coliformes termotolerantes».
En efecto, se determinó que dicha marca de queso tybo se encuentra «en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13, 155 y 605 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, por estar contaminado al tener un valor elevado de coliformes termotolerantes y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes». En conclusión, se aclaró que se trata de «un producto ilegal».
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— ANMAT (@ANMATsalud) January 22, 2020




































































