El Gobierno nacional eliminó el esquema que desde 1973 repartía en partes iguales las regalías hidroeléctricas entre ambas provincias. Mendoza pasará a cobrar la totalidad
El presidente Javier Milei, respaldó a la provincia de Mendoza en su disputa con La Pampa y esta pasará a cobrar la totalidad de las regalías hidroeléctricas de la represa Los Nihuiles, ubicada sobre el Río Atuel.
La medida también busca ordenar el marco jurídico para la licitación del complejo.
El mandatario derogó hoy el Decreto 1560/73, dictado el 26 de febrero de 1973 por el entonces gobierno militar, y formalizó la decisión en el Decreto 982/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial.
En 1992, un Acuerdo Interjurisdiccional entre la Nación, Mendoza y La Pampa -homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación- reconoció la obligación de pagar regalías a La Pampa «sin perjuicio de lo que pudieren establecer en un futuro normas jurídicas o fallos judiciales».
Desde entonces, Mendoza reclamó la revocación del decreto de 1973 y la asignación del 100% de las regalías a su favor.
El Decreto 982/2026, señala que la derogación del Decreto 1560/73 responde a dos razones concurrentes: los fallos de la Corte Suprema de 2003 y 2009 (Fallos 326:521 y 332:212), que convalidaron el criterio del Decreto 141/95 – que asocia el derecho a regalías a la ubicación de la fuente hidroeléctrica, no a la trayectoria del río; y la convocatoria al proceso licitatorio del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles dispuesta por el Decreto 667/2026, que hizo urgente unificar el marco regulatorio antes del otorgamiento de la nueva concesión.
En los considerandos se apuntó que la Procuración del Tesoro de la Nación avaló la medida en dos oportunidades, señalando que «el Decreto N°1560/73 debía ser sustituido y que el porcentaje al que alude el artículo 43 de la Ley N°15.336 y sus modificaciones, en el caso del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles, debía liquidarse, en lo sucesivo, íntegramente a la Provincia de Mendoza».
La decisión tiene impacto en la distribución del 12% de las regalías que el artículo 43 de la Ley 15.336 establece sobre el importe de la energía vendida, que hasta hoy se repartía en partes iguales entre ambas provincias.




































































