Los empleados públicos y privados, así como jubilados y pensionados recibirán en diciembre el pago de la segunda cuota del SAC
En diciembre llega el segundo pago del Salario Anual Complementario. La primera mitad del SAC, abonado en junio, tuvo en cuenta los sueldos percibidos desde enero hasta ese mes. El aguinaldo de diciembre se calcula con base en los sueldos de julio al último mes del año.
El aguinaldo está dirigido a trabajadores registrados del sector privado, público, jubilados y pensionados. Y corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres.
La Ley de Contrato de Trabajo determina que la fecha límite para el pago de la primera mitad del SAC es el 30 de junio, mientras que la segunda cuota tiene por fecha límite el 18 de diciembre de cada año.
Cómo calcularlo
Cada trabajador puede saber con anticipación el monto que va a cobrar o de cuánto es la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario. Cómo sacarlos paso a paso:
- Para ello, debe buscar entre los 5 recibos de julio a noviembre cuál fue el mes en el que se percibió mayor remuneración.
- A ese monto, hay que dividirlo por 2 para obtener el aguinaldo bruto.
- Sobre el monto del aguinaldo bruto se descuentan las cargas sociales:
11% de jubilación
3% de PAMI
3% de Obra Social
2% Sindical o el % correspondiente
- Una vez descontado, se obtiene el monto final del aguinaldo neto en mano.
Jubilados y pensionados
El Sueldo Anual Complementario también le corresponde a los jubilados que cobran la mitad del mejor mes del semestre, en este caso de los salarios devengados entre julio y diciembre.
Además, en el último mes del año los jubilados y pensionados también cobrarán el aguinaldo. Y si bien aún no fue publicado el calendario de pagos de diciembre, este medio sueldo anual se paga en la misma fecha que la de los haberes previsionales.
Vale destacar que para el caso de las pequeñas empresas, cuyo rubro o actividad económica lo contemple en su Convenio Colectivo de Trabajo, podrán pagar el aguinaldo en tres cuotas en vez de dos. Dividiendo el pago en cuatrimestres.
Ese es el caso, por ejemplo, de gastronómicos, rama hoteles y restaurantes. Cada período se comprende por un cuatrimestre y el sistema adoptado debe ser anunciado por el empleador dentro del primer trimestre de cada año.



































































