La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el país de un aceite de girasol por considerarlo ilegal.
Mediante la Disposición 4865/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, determinó que queda prohibida la «elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta digitales del producto rotulado: Aceite de girasol – Aceites comestibles, marca LIJ, Elaborado en Bs As, Zona Norte, Bs As Aceitera FG, Reg. Establecimiento EXP N° 20578 C 1963, Reg. del Producto EXP N° 2018-12505/8 PAMS 4049-29143, por carecer de registros sanitarios y consignar registros inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal».
El conflicto se originó a raíz de que la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro informó que en la comercialización del producto en cuestión «no se cumple la legislación alimentaria vigente».
A partir de ese momento, comenzó una investigación por la que se determinó que el producto se halla en infracción. En efecto, y como suele explicar la Anmat, «a fin de proteger la salud de los ciudadanos, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento».





































































