El Gobierno nacional puso en marcha la fase 5 de la cuarentena y una de las palabras clave es el «distanciamiento social, preventivo y obligatorio». La nueva etapa comenzará a regir para todo el país a excepción de zona del AMBA, Trelew (Chubut), Cordoba (Córdoba), Resistencia (Chaco), Bariloche y General Roca (Río Negro).
Mediante el decreto 520/2020, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno publicó las normas y los alcances de la etapa que regirá hasta 28 de junio en las localidades que reúnan una serie de parámetros epidemiológicos y sanitarios.
El ingreso a la fase 5 tiene como eje mantener el respeto del distanciamiento social, preventivo y obligatorio y los mismos protocolos preventivos de las fases anteriores, pero flexibiliza la vida cotidiana en varios aspectos.
En casi todo el país habrá libre circulación de personas entre diferentes departamentos, algo que solo podrán hacer los que posean el Certificado Único Habilitante para Circulación. También se podrán desarrollar actividades deportivas, artísticas y sociales siempre y cuanto no impliquen una concurrencia superior a diez personas.
En el caso de las actividades en oficinas y lugares cerrados, el distanciamiento se mantendrá asegurando la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable. Para hacer respetar ese límite se podrá poner en marcha un sistema de reservas o turnos prefijados, indica el decreto del gobierno nacional.
La nueva fase implica un marco de condiciones para las localidades donde se aplique: capacidad de respuesta en el sistema de salud, ausencia de «transmisión comunitaria», tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 mayor a 15 días.
No obstante, si bien se han flexibilizado varias actividades, el decreto indica que, al menos, hasta el 28 de junio se mantendrán prohibidas en todo el país las siguientes actividades:
- Clases presenciales en todos los niveles.
- Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas.
- Práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes.
- Cines, teatros, clubes, centros culturales.
- Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para tareas esenciales, emergencias o disposiciones especiales.
- Turismo.