Lo anunció la Unión Argentina de Salud mediante un comunicado. Se mantendrán los precios por tres meses para un amplio sector: qué trámite es necesario
Las prepagas confirmaron que no aumentarán los precios de las cuotas para los usuarios por 90 días, luego de una reunión que tuvo lugar el pasado viernes con el ministro de Economía, Sergio Massa, si bien quienes busquen obtener este beneficio deberán realizar un trámite para conseguirlo.
«Las empresas de Medicina Prepaga acordaron mantener sin aumentos las cuotas por NOVENTA (90) días para los grupos familiares con ingresos no superiores a $ 2 millones brutos mensuales», describieron desde la Unión Argentina de Salud.
Por su parte, las prepagas, que se habían mostrado reacias inicialmente al acuerdo, indicaron que como la cuota de septiembre, con un aumento del 6,97, ya fue facturada en la última quincena de agosto, el congelamiento regirá a partir de este mes, es decir, entre las cuotas correspondientes a octubre y diciembre.
Prepagas: cómo realizar el trámite para congelar las cuotas
Al igual que los aumentos limitados que tenían vigencia hasta agosto, quienes busquen tener este beneficio deben realizar un trámite en la web del organismo que regula al sector para demostrar que no se tienen los ingresos suficientes a la hora de pagar la cuota.
El tope por el cual se congelarán las cuotas por tres meses es de $ 2 millones brutos mensuales por grupo familiar, por lo que si se demuestra este nivel de ingreso se pagará lo mismo de cuota en la prepaga que se abonó en agosto con el último incremento.
Para acceder al beneficio, los afiliados tendrán que declarar sus ingresos y que no cuentan con la capacidad económica financiera a través del aplicativo que ya está disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Mi SSSalud – Superintendencia de Servicios de Salud
Según el comunicado, se considera que el grupo familiar no posee capacidad económica cuando el titular o sus afiliados no:
- Sean propietarios de DOS (2) o más inmuebles.
- Posean TRES (3) o más vehículos, excepto los hogares donde exista al menos uno una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- En el grupo familiar figuren titulares de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP.
- Sean titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.






































































