La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata dejó sin efecto una medida cautelar que impedía la exploración petrolera offshore, en un punto distante a más de 300 kilómetros de esa ciudad bonaerense, en el Mar Argentino, al considerar que el Gobierno y la empresa Equinor cumplieron con los requisitos que les fueron requeridos para llevar adelante el emprendimiento.
De esta manera, la compañía noruega, como operadora de las áreas concesionadas por el Estado nacional en el Mar Argentino para su exploración, podrá continuar con las actividades de prospección sísmica de los bloques 100, 108 y 114.
La Cámara marplatense, con la firma de los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, revocó la decisión del titular del Juzgado Federal N°2, Santiago Martín, emitida en octubre último, «pues debe tenerse por cumplido todos los requisitos establecidos por esta Cámara oportunamente», expresa el fallo.
Asimismo, establece que «la ejecución del proyecto deberá contemplar ‘observadores permanentes, a miembros del equipo Pampa Azul, en el número de integrantes que la autoridad administrativa considere adecuado, quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul».
El fallo también establece que «las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta (50) km. del sector que comprende la zona denominada.
«‘Agujero Azul’, la cual abarca una superficie de 148.000 Km2 considerada como el primer eslabón de las cadenas tróficas del mar y por ser el hogar de ‘especies vulnerables’ como corales, esponjas y estrellas de mar, pasando por rayas, tiburones, merluza y calamares».
La Cámara Federal de Apelaciones alertó que se deberá denunciar «ante las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte y/o dañe sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades».




































































