El máximo tribunal conformado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti falló a favor de la Ley de Financiamiento Universitario
Con la firma de sus tres integrantes, el máximo tribunal desestimó el recurso de queja presentado por el Gobierno nacional en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y ordenó cumplir con el fallo que obliga a aplicar la norma en sus artículos referidos a salarios y becas estudiantiles.
La Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario presentado por el Gobierno de Javier Milei para no cumplir con la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, una de las normativas que el oficialismo se niega a cumplir desde el mismo momento en que fue sancionada por el Congreso de la Nación.
¿A qué artículos alcanza el fallo de la Corte?
El máximo tribunal dejó firme una medida cautelar dictada en primera instancia por el juez federal Martín Cormick, que obliga al Gobierno a cumplir «de manera inmediata» con los artículos 5° y 6° de la Ley de Financiamiento Universitario, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
El artículo 5° de la Ley establece que los salarios docentes y no docentes de las universidades públicas deberán actualizarse, desde el 1 de diciembre de 2023, en un porcentaje no inferior a la inflación informada por el INDEC. Además, obliga al Ejecutivo a convocar a negociaciones paritarias cada 3 meses y ofrecer aumentos salariales que no podrán ser inferiores al IPC.
En tanto, el artículo 6° determina la actualización automática y por inflación de todas las becas estudiantiles (Progresar, Manuel Belgrano, y de Enfermería, entre otras).





































































