La medida se oficializó en el Boletín Oficial y comprende a todos los municipios y provincias. Busca terminar con los cargos que se cobran en las facturas de luz, gas y agua, que no tienen que ver con esos servicios
Los municipios ya no podrán incluir tasas e impuestos en la facturación de servicios esenciales como luz y gas. La decisión se concretó a través de una resolución de la Secretaría de Industria y Comercio publicada en el Boletín Oficial este miércoles.
Se trata de la resolución 267/2024, que establece: «La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor».
Desde el ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, acusan a los municipios de encarecer los servicios tanto de energía como de agua y gas a través de recargos que no están relacionados de manera directa con lo que los clientes están pagando.
La resolución actual, fue tenida en cuenta por el ministro Caputo «ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas».
En Córdoba, por ejemplo, el caso de las facturas de EPEC, contienen el cargo «Ord. Imp. Municipal (9,90%)» que representa el 9,90% del renglón «NETO EPEC», es decir los cargos que la empresa percibe por el servicio de electricidad.





































































