El organismo detectó irregularidades y determinó que no puede identificarse de forma fehaciente el origen del producto ni el establecimiento elaborador
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de la elaboración y venta en todo el territorio nacional de un aceite de oliva que presentaba irregularidades en su rotulado y cuya procedencia no se pudo acreditar.
La decisión se formalizó a través de la Disposición 510/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde se detalla que el producto no pudo ser vinculado «en forma fehaciente y clara» con un establecimiento determinado. Según se informó, era comercializado por una firma que no lo producía no contaba con la habilitación correspondiente.
Se trata del producto rotulado como: «Aceite de oliva virgen extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml, L. C5-243003, FAB. JUN-2025, VAL. JUN-2026. Elaborado y Fraccionado por San Juan de los Olivos. RNE 18-002065 – San Juan – Argentina. Para: Agro Aceitunera S.A, RNE N° 12000041, RNPA N° 18-012138. Expectación F. de Avila S/N – Aimogasta – La Rioja – Argentina».
La investigación se inició a partir de la intervención del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que puso en duda la autenticidad del artículo. A través de su Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional, el organismo solicitó a la empresa titular de la marca que confirmara si el aceite denunciado era apócrifo y que precisara las diferencias con el producto genuino.
El elaborador legítimo informó que no fabrica el producto investigado y desconoce su origen y contenido, además de señalar inconsistencias visibles en el envase. Con esos elementos, la ANMAT lo declaró ilegal.
«Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina», sentenció el organismo.




































































