Todos los 3 de abril, desde 2015, se celebra el Día del Personal de Casas Particulares (o Día de la Empleada Doméstica). Un año después se implementó un paquete de beneficios que debe sí o sí ser cumplido por los empleadores.
Uno de estos beneficios incluye el día libre para todo el personal de casa particulares, sin que esto afecte a su remuneración mensual. En caso de que deban asistir al trabajo, se les deberá pagar doble jornada, según indica el Ministerio de Trabajo.
Cómo se realiza el cálculo
En caso de que deban trabajar hoy, hay dos formas de calcular cuánto deberán percibir los empleados. Por un lado, si trabajan por hora, se multiplica el valor de las horas de la jornada por dos.
La otra opción es, si perciben un sueldo mensual, se divide el sueldo básico (sin la antigüedad y el presentismo) por la cantidad de días que trabaja al mes y les dará el valor de la jornada. Ese monto se multiplica por dos.
Existen distintas vías de contacto para todos aquellos que tengan alguna consulta al respecto:
Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares
Tel.: 0800-666-4100 (opción 1 luego opción 5)
Email: consultas@trabajo.gob.ar
(Horario: 08:00 a 20:00 hs.)


































































