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4 DE NOVIEMBRE DE 2026•POR MARÍA EUGENIA HASNE

Visita del Papa: el Gobierno autorizó el derribo de "aeronaves hostiles"

La medida fue oficializada este miércoles mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial

El Gobierno nacional oficializó este miércoles una de las medidas de seguridad más estrictas de los últimos años para la visita del Papa León XIV. A través del decreto 1334/2026, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo amplió las Reglas de Protección Aeroespacial (RPA) y autorizó el uso de la fuerza para el derribo de aeronaves de origen externo que sean declaradas hostiles. 

La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Defensa Carlos Presti, tendrá vigencia exclusiva desde el 8 hasta el 11 de noviembre, los cuatro días que durará la visita papal.

La medida abarca las Zonas de Operaciones Restringidas TMA Baires y TMA Cba, los espacios de alta circulación aérea que rodean los aeropuertos y las ciudades de Buenos Aires y Córdoba, dos de los distritos donde se concentrarán las actividades del pontífice. 

El texto oficial justifica la decisión en la presencia de numerosas autoridades nacionales y extranjeras, la congregación masiva de ciudadanos y la necesidad de preservar los intereses vitales fijados por la Ley de Defensa Nacional.

El decreto aclara que la medida se aplica exclusivamente a agresiones de origen externo. Las situaciones que involucren aeronaves de origen interno continuarán bajo el marco de la Ley de Seguridad Interior, que solo admite el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas en forma excepcional y previa declaración del estado de sitio. 

En qué situaciones se podrá derribar una aeronave

La normativa amplía de manera temporal las denominadas Reglas de Protección Aeroespacial, que regulan los procedimientos de vigilancia, identificación e intervención ante posibles amenazas en el espacio aéreo argentino. 

Para esta instancia, primero deberán agotarse los procedimientos de identificación, interceptación, advertencia y orden de aterrizaje.

Además, la aeronave deberá haber sido declarada formalmente como hostil y será necesaria la aprobación del ministro de Defensa.

La disposición contempla en concreto situaciones que involucren aeronaves de origen externo consideradas una amenaza. El texto también exige adoptar precauciones para evitar o reducir posibles daños a las personas y bienes que se encuentren en tierra. 

No obstante, el Gobierno aclaró que la destrucción de una aeronave solamente podrá considerarse después de agotar las alternativas previas y comprobar la existencia de una situación hostil. 

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