Visita del Papa: cómo funcionarán los comercios en Córdoba durante los feriados
La Cámara de Comercio de Córdoba informó la modalidad de apertura comercial durante los feriados dispuestos por la llegada de León XIV. Habrá restricciones vehiculares, pero se permitirá el acceso peatonal

La visita del Papa León XIV a Córdoba incluirá dos feriados consecutivos, aunque la actividad comercial en el centro de la ciudad se desarrollará con normalidad en la mayoría de los locales.
Así lo informó la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC), que llevó adelante un relevamiento entre los establecimientos del área central para conocer cómo funcionarán durante los días de la visita papal.
Según los resultados, la mayor parte de los negocios abrirá sus puertas tanto el lunes 9 de noviembre, declarado feriado nacional, como el martes 10, feriado en Córdoba.
Qué días estarán abiertos los comercios
El sábado 7 de noviembre, el 60% de los establecimientos comerciales trabajará a jornada completa, hasta las 18, mientras que el 40% restante abrirá durante media jornada.
El domingo 8, en cambio, la mayoría de los locales permanecerá cerrada.
Para el lunes 9, feriado nacional, se prevé una actividad comercial prácticamente normal. El 80% de los negocios abrirá durante toda la jornada y algunos podrían extender sus horarios hasta la noche.
El martes 10, feriado en Córdoba, casi el 70% de los establecimientos trabajará a jornada completa, con posibilidad de ampliar la atención según la cantidad de público.
Qué ocurrirá con la circulación en el centro
La Cámara de Comercio aclaró que durante la visita del Papa habrá restricciones para circular en vehículos por distintas zonas del área central.
Sin embargo, no se establecerán limitaciones para el tránsito peatonal, por lo que las personas podrán acceder caminando a los negocios.
Cómo se paga a los empleados durante los feriados
El Decreto 1103/2026 establece que el lunes 9 será feriado nacional y el martes 10 tendrá carácter de feriado en Córdoba.
Ambas jornadas tienen la misma naturaleza jurídica a los efectos laborales, por lo que corresponde aplicar el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Esto significa que los comercios que abran con empleados en relación de dependencia deberán abonarles la remuneración correspondiente a un feriado trabajado, equivalente al pago doble.
En cambio, los propietarios podrán atender personalmente sus negocios sin restricciones laborales adicionales.
De esta manera, la actividad comercial continuará durante la visita de León XIV, aunque los horarios particulares dependerán de cada establecimiento.