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26 DE JULIO DE 2024•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

Por decreto, el Gobierno aumentó un 15,9% el Salario Mínimo, Vital y Móvil

Tras el fracaso de las negociaciones con las cámaras empresariales y sindicatos, el Ejecutivo fijó un nuevo piso salarial a partir del 1 de julio

Tras el fracaso de las negociaciones con las cámaras empresariales y sindicatos, el Ejecutivo fijó un nuevo piso salarial a partir del 1 de julio

Por decreto el poder Ejecutivo dispuso aumento del 15,9% del Salario Mínimo, Vital y Móvil que se pagará en cuatro cuotas, por lo cual el piso de ese haber se ubicará en 254.000 pesos desde este mes; este se verá reflejado en el recibo de Agosto. La decisión se adoptó mediante la Resolución 13/2024 de la secretaría de Trabajo que hoy se publicó en el Boletín Oficial donde también se informaron las nuevas escalas del Salario Mínimo hasta octubre.

La decisión se tomó luego del fracaso de las negociaciones entre las cámaras empresariales y sindicatos en la reunión del Consejo del Salario Mínimo Vital y Móvil, la semana pasada.

Los montos del Salario Mínimo Vital y Móvil fijados hasta Octubre son:

  • A partir del 1° de julio de 2024: $254.231,91 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $1271,16 por hora para los jornalizados.
  • A partir del 1° de agosto de 2024: $262.432,93 para los mensualizados y $1312,16 por hora para los jornalizados.
  • A partir del 1° de septiembre de 2024: $268.056,50 para los mensualizados y $1340,28 por hora para los jornalizados.
  • A partir del 1° de octubre de 2024: $ 271.571,22 para mensualizados y $1357,86 por hora para los jornalizados.

Prestación por Desempleo:

La publicación oficial determina que se establezca la prestación por desempleo para los trabajadores convencionados o no convencionados en 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. "En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente ni superior al 100%", aclara la norma.


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