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20 DE AGOSTO DE 2024•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

Habilitaron la firma digital: se podrá validar y registrar de forma remota

La medida fue oficializada este martes a través de un Decreto en el Boletín Oficial, forma parte del plan de Desregulación y Transformación del Estado liderado por el ministro...

La medida fue oficializada este martes a través de un Decreto en el Boletín Oficial, forma parte del plan de Desregulación y Transformación del Estado liderado por el ministro Federico Sturzenegger

El Gobierno oficializó este martes a través del Boletín Oficial, cambios significativos en el régimen de registro de firmas digitales, permitiendo por primera vez la verificación de identidad de manera virtual. 

Esta medida, que forma parte del plan de Desregulación y Transformación del Estado liderado por el ministro Federico Sturzenegger, fue formalizada a través del Decreto 734/2024, firmado por el presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos, y el propio Sturzenegger.

El principal cambio que introduce esta nueva normativa es la posibilidad de realizar la verificación de identidad de manera remota, eliminando la necesidad de presentarse físicamente en una oficina gubernamental o en una entidad certificadora. "Si hoy tenés que firmar un contrato, tenés que encontrarte en un lugar. Todos esos trámites a partir de ahora se van a poder hacer de manera remota", destacó Sturzenegger en declaraciones recientes.

Este cambio, plasmado en el Artículo 1° del decreto, modifica el inciso 2 del artículo 21 del Anexo del Decreto Nº 182/2019, habilitando el uso de servicios de validación de identidad en tiempo real que utilicen datos del Registro Nacional de las Personas. De este modo, se busca facilitar y acelerar los trámites que requieren firma digital, integrando tecnología de punta en el proceso.

Otra modificación clave que introduce el decreto es la posibilidad de que los Certificadores Licenciadosdeleguen la validación de identidad y otros trámites relacionados en las llamadas "Autoridades de Registro", conforme al artículo 27 del mismo anexo. Esto implica que la presencia física del solicitante ante estas autoridades ya no será un requisito indispensable para la emisión, renovación o revocación de certificados digitales.

Según el Gobierno, esta medida es un paso más en el proceso de modernización tecnológica de la Administración Pública, que busca adaptar su marco normativo a las necesidades actuales de un mundo digitalizado. "La Administración Pública está inmersa en un proceso de modernización tecnológica que conlleva la elaboración de un marco normativo adecuado que contemple las particularidades que trae aparejadas la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones", se explica en los considerandos del decreto.

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