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12 DE NOVIEMBRE DE 2021•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

Desde el lunes los Bancos vuelven a atender sin turno

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades financieras volverán a atender al público sin turno a partir del lunes 15 de noviembre, debiendo garantizar las medidas preventivas de salud en función a la pandemia de coronavirus.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades financieras volverán a atender al público sin turno a partir del lunes 15 de noviembre, debiendo garantizar las medidas preventivas de salud en función a la pandemia de coronavirus.


A través de un comunicado, la autoridad monetaria dispuso que "las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados, podrán a partir del lunes realizar la atención presencial del público general sin solicitar turno previo".


La norma alcanza a las entidades financieras, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos, las casas de cambio y las empresas de cobranzas extrabancarias".

El BCRA aclaró que "si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vigente o con movilidad reducida".

"En Córdoba el Banco Nación y el Banco de Córdoba están empezando con la atención presencial sin turno y se va extendiendo al resto de las entidades, esto fue un pedido del Congreso Nacional Bancario, porque es una necesidad muy fuerte de la gente", aseguró el titular de la Asociación Bancaria Córdoba, Raúl Ferro, en diálogo con Radio Universidad.


En esa línea, el dirigente gremial aseguró "mucha gente que ha sido bancarizada sin una buena instrucción y ahora necesita poder hablar con un ser humano y recibir atención para evacuar dudas y poder solucionar trámites, no sólo de manera telefónica".


La medida dispone que "en caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, las entidades deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de Internet, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles y se deberá tramitar en forma sencilla a través de esas páginas o por otro medio electrónico y atenderse con celeridad".


Por otra parte, el pago de haberes previsionales o prestaciones de la seguridad social se deberá realizar conforme al cronograma establecido por el respectivo organismo. El día en que los beneficiarios deban presentarse para cobrar su jubilación, pensión y/o prestación, podrán realizar cualquier otro trámite.


Además, la normativa subraya que "las entidades alcanzadas por esta resolución están sujetas al estricto cumplimiento de las normas sanitarias y de las recomendaciones dispuestas por las autoridades sanitarias nacional y/o jurisdiccional, garantizando la provisión de los elementos sanitarios y de limpieza y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas".

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