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2 DE ABRIL DE 2025•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

El Gobierno autorizó un 6% de aumento en las tarifas de gas

El Ministerio de Economía dispuso desde el 1° de abril un nuevo aumento del 6% en el recargo correspondiente al Fondo Fiduciario para Subsidios de Gas

El Ministerio de Economía dispuso desde el 1° de abril un nuevo aumento del 6% en el recargo correspondiente al Fondo Fiduciario para Subsidios de Gas

El Ministerio de Economía estableció que el recargo correspondiente al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas será del 6% sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), según la resolución 356/2025 publicada el 1° de abril en el Boletín Oficial.

La medida ya entró en vigencia y alcanza tanto a los volúmenes comercializados como al autoconsumo. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) deberá ajustar los procedimientos de facturación para garantizar que las distribuidoras trasladen correctamente el recargo a las tarifas finales.

La decisión se enmarca en el proceso de reestructuración de los subsidios energéticos encarado por el Gobierno nacional, en el contexto de emergencia energética y económica declaradas por los decretos 55/23, 70/23 y 1023/24.

En este sentido, el Poder Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema de subsidios focalizados que reemplace al sistema generalizado financiado históricamente con aportes del Tesoro Nacional.

Por caso, el Fondo Fiduciario para Subsidios de Gas fue creado por la Ley 25.565 y ampliado por las leyes 25.725 y 27.637, que permiten establecer un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el PIST. El nuevo valor del recargo se definió tras una proyección económico-financiera realizada por la Dirección Nacional de Economía y Regulación, que estimó una mayor necesidad de fondos para sostener el régimen de compensaciones del Fondo, en función del nuevo esquema de tarifas y precios definidos por la Secretaría de Energía.

Asimismo, se instruye a las comercializadoras a aplicar y trasladar el recargo en su exacta incidencia sobre el precio de compra del gas en el PIST. En el caso del autoconsumo, el monto a ingresar deberá calcularse según el volumen consumido, el precio promedio ponderado de ventas de la empresa y la alícuota del 6%. La norma lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo.

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